LA TARJETA DE APARCAMIENTO

A partir de las quejas de nuestros asociados, hemos ido comprobando que el uso que se está dando a la Tarjeta de Aparcamiento que se concede a las personas con movilidad reducida para facilitar el uso del vehículo privado, ha degenerado en una picaresca que ronda la ilegalidad.

Estas tarjetas las conceden los Ayuntamientos al amparo de  ORDEN de 11 de enero de 2001, (DOGV N. 3923 23/01/2001) de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la tarjeta de estacionamiento para vehículos que transportan personas con movilidad reducida, y se establecen las condiciones para su concesión. 

Los Ayuntamientos se han limitado a expedir las tarjetas, a cuantas personas presentan los documentos exigidos en la Orden, desde el Departamento de Servicios Sociales sin recabar informe alguno del Departamento Municipal de Tráfico, generando un descontrol en su uso. Además no nos consta que haya municipio valenciano alguno que  tenga un reglamento de uso, tal y como se contempla en el preámbulo y en el artículo 9 de la mencionada Orden.

Esta forma de proceder y falta de control, ha dado lugar a que propietarios de vehículos sin ninguna discapacidad, estén usando y disfrutando de la tarjeta de un familiar o amigo discapacitado, utilizando los espacios reservados como si de su propiedad fueran, ante la desesperación del vecindario que observa como, de una forma soez, se utiliza un beneficio social. 

A tal punto ha llegado el escándalo que las personas discapacitadas, que tienen y conducen coches, pocas veces consiguen utilizar los sitios reservados; además están siendo victimas de una campaña soterrada tratándolos de privilegiados, recibiendo anónimos y rayas en sus vehículos cuando aparcan fuera del sitio reservado, con el argumento de que: ‘lo quieren todo’, pues estiman que: ‘deben aparcar en su sitio’. 

Evidentemente el asunto merece una reflexión y la necesidad de reformar la Orden a partir de diferenciar una tarjeta general solo para conductores discapacitados y otra discrecional para personas discapacitadas que, en casos puntuales, precisen de la ayuda de una tercera persona para desplazarse en coche.

Urge una solución....

(en la foto: furgoneta de reparto con tarjeta)

Buenas tardes:

Para que veáis cómo está el nivel entre algunos arquitectos os envío sendos enlaces a un foro muy ilustrativos.

En cierta ocasión tuve un debate muy interesante sobre el concepto legal de "Edificio de Pública Concurrencia" con el Jefe de Departamento de Urbanismo de mi pueblo a raiz de la interposición de un escrito de queja que presentamos por barreras arquitectónicas de un edificio de pública concurrencia de uso comercial.

El problema es que el desconocimiento sobre la materia de accesibilidad, entre otras, no solo es achacable al departamento de turno de mi pueblo sino que es generalizado a la mayor parte del territorio de las diecisiete españas, cada una con su normativa; Dificilmente se puede respetar un aspecto funcional y de calidad en la edificación como es la accesibilidad si los que realizan los proyectos, los directores facultativos y quienes deben controlar que se cumpla la ley mediante las licencias de obras desconocen no solo la norma sino el concepto mismo de la accesibilidad; ¡más dificil todavía es hacernos la ilusión que conciban la accesibilidad como una cuestión de derechos fundamentales!

Después de una navegación esporádica por este foro llegas a una lógica conclusión del por qué del statu quo en el que nos encontramos las personas con diversidad funcional... ¡después de 26 años de vigencia de la LISMI!

¿Un edificio de oficinas es de pública concurrencia?
http://www.soloarquitectura.com/foros/showthread.php?t=20799

Ancho mínmo aseo local publica concurrencia:
http://www.soloarquitectura.com/foros/archive/index.php/t-1075.html

Saludos,

José Vte.
PD: ¡Atención a la respuesta-comentario de "carsanor" en el último enlace.: 13/01/06, 14:26:48

"lo que faltaba...., que te mandasen hacer aseos para minusválidos de 2 sexos... por si acaso coinciden en el bar en una convención de paralíticos.... vamos con uno es suficiente, pues como sea el local pequeño, no tienes mas que aseos"

 

El lado oscuro de la ley de dependencia

Muchos solicitantes pueden perder dinero si se acogen a la nueva norma, por lo que es conveniente conocer sus puntos débiles y saber en qué casos se puede reclamar.


Beneficiarios de pensiones de invalidez y asociaciones de discapacitados físicos denuncian que la Ley de Dependencia los ningunea, al establecer incompatibilidades entre las ayudas. 


Málaga. Trabajadores discapacitados en lucha.

Empresa dedicada al reciclaje de pelotas de golf adeuda salarios y despide 10 discapacitados

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

07/06/2008

peligro. Cruzar la calle Sant Doménec es una odisea para un discapacitado.

LEY DE LA DEPENDENCIA

LA CRUEL REALIDAD - SE PIERDE DINERO Y DERECHOS ADQUIRIDOS

La paguita.. por Rafael Padilla

LA aprobación en 2006 de la Ley de Dependencia, en la medida en que creaba un verdadero derecho subjetivo del dependiente a que sus circunstancias, mediante la aplicación de una serie de medidas económicas ....

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 
19/05/2008
GUSTAVO ZARAGOZA  

Rarezas en lo social

La defensa del moderno Estado de Bienestar, por supuesto adaptada a los importantes cambios producidos de manera globalizada en los últimos treinta años, se ha convertido en un referente constante en la pugna partidista.
Entre...

20/06/2008

Nuestro comentario

¡Lo siento! pero cada vez que escucho a Sor. Amparo Valcarcer me pongo nervioso. Todavía no he llegado al tratamiento psicológico ni me medicalizo pero...

Antes del plato fuerte de Sor Amparo, está el "aperitivo" de la Sra. de Sevilla; esta buena señora, muy contenta con su "paguita" de 400€ y con fibromialgia, reconoce que se le ha suprimido la hora que recibía de ayuda a domicilio porque es incompatible con la "paguita" pero como "todavía" puede atender a su marido... ¡pues que le viene muy bien el dinerito!

La "paguita" no puede ser discutida en cuanto a que en las míseras pensiones que hay en este pais puede representar un incremento del 100% pero en esas declaraciones subyace como está el supuesto Estado de Bienestar en España.

Esta "buena Ley", como machaconamente se suele decir por los políticamente correctos, no hace hincapié en lo desacertado que fue no fundamentarla constitucionalmente en la seguridad social e introducir las "paguitas" por esa vía y, a su vez, potenciar los servicios sociales PÚBLICOS de verdad y dignificar un poco más sus servicios y prestaciones que son atendidos en primera línea de fuego por los Ayuntamientos con un déficit de recursos clamoroso ¡en fin, esto es lo que hay...!

Saludos,

José Vte.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El diputado Carles Campuzano, portavoz de CiU en la Comisión donde se aprobó esta ley, critica duramente como se está aplicando el desarrollo de la LePrA y la ministra Mercedes Cabrera anuncia un adelanto de la fecha su revisión.

 

Cada día está más claro que fue una oportunidad magnifica para vender humo en la campaña electoral. Ahora esta ley le sirve a al Gobierno para desautorizar a las Comunidades Autónomas que no son de su cuerda, tildándolas de obstruccionistas.

 

Los convenios fueron firmados a final del año 2007 y ahí te las apañes sin dinero, con una tramitación farragosa y llena de precauciones -a ver si puedes mover un dedo y me lo ocultas-  y con una aplicación informática nefasta pero con lápices mágicos.

 

En resumen, hay quien cobrará como ayuda la enorme cantidad de 0,95 euros. ¿De esta cantidad cuanto le corresponde de CoPago?

 

 ¡Marchando!